El 30 de mayo es la fecha límite para el pago de utilidades correspondiente al ejercicio fiscal 2024 para las personas que trabajan en una empresa.
Quienes prestan sus servicios a una persona física pueden recibirlas hasta el 29 de junio.
El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir parte de las ganancias de las empresas en las que laboran. Esta prestación está prevista en la Ley Federal del Trabajo y su principal finalidad es reconocer la contribución de los trabajadores al éxito económico que logren las empresas.
Ana Samantha Davis Sánchez, Coordinadora del Trabajo y Previsión Social de la Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo, explicó que deben recibirlas los trabajadores, ex trabajadores y eventuales que hayan laborado al menos 60 días durante el año, ya sea de forma continua o discontinua.
No están obligadas al reparto de utilidades las empresas de nueva creación ni aquellas cuyo capital sea menor al establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social según la rama de la industria.
Tampoco tienen derecho a recibir esta prestación los trabajadores domésticos, los eventuales que hayan trabajado menos de 60 días, así como directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas de las empresas.
La Coordinadora precisó que las personas morales deben entregar la participación de utilidades a más tardar el 30 de mayo, y las personas físicas, hasta el 29 de junio.
Una vez vencidas estas fechas, quienes no hayan recibido este beneficio pueden acudir a la Procuraduría Estatal de la Defensa de los Trabajadores o a la Dirección General de Inspección, donde pueden presentar una denuncia anónima. Para mayor información, está disponible el número 777 310 1441.
La Dirección General de Inspección realizó un operativo sobre el pago del PTU, con 550 visitas a empresas para informarles sus obligaciones y los plazos establecidos.
Actualmente se tienen registradas cuatro quejas por omisiones relacionadas con el pago del PTU 2023.